lunes, 20 de abril de 2009
Indulgencias: las más importantes concesiones (I)
Después de haber desglosado las concesiones generales de indulgencias parciales, me centraré en las concesiones especiales, tanto de indulgencias parciales como plenarias.
Dado que el desglosar todas las concesiones ocuparía mucho espacio, me centraré sólo en las más importantes, es decir, las que están al alcance del cristiano en todo momento en su vida de fe.
- Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que asista el Viernes Santo a la adoración de la cruz en la solemne acción litúrgica. También se concede al fiel que practique el ejercicio del Vía-Crucis o se una piadosamente al que practica el Sumo Pontífice y que sea retransmitido por radio o televisión. Para ganar esta indulgencia deberá hacerse ante las estaciones del Vía-Crucis legítimamente erigidas y se requiere que se pase de una a otra estación.
- Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que rece devotamente el rosario mariano en una iglesia u oratorio, o en familia, en una comunidad religiosa, en una asociación piadosa y, en general, en cualquier reunión de fieles. También podrá ganar esta indulgencia el fiel que se una al rezo del rosario que realice el Santo Padre y sea retransmitido por radio o televisión. En otros casos, la indulgencia será parcial. Para ganar esta indulgencia plenaria habrá que tener en cuenta lo siguiente:
+ Basta el rezo de una cuarta parte del rosario (5 decenas, pero deben ser rezadas de manera seguida).
+ A la oración vocal hay que unir la piadosa meditación de los misterios.
- Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que lea devotamente la Sagrada Escritura al menos durante media hora. Si la persona no pudiera leerla por sí mismo, bastará con que otra persona la lea en voz alta o se escuche a través de una aparato de audio o video.
- Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que reciba piadosamente y devotamente, aunque sólo sea a través de la radio o la televisión, la bendición impartida por el Sumo Pontífice Urbi et Orbi, o por el Obispo a los fieles confiados a su cura pastoral.
- Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que trabaje en enseñar o aprender la doctrina cristiana.
- Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que visite el Santísimo Sacramento devotamente para adorarlo por lo menos durante media hora. También se puede ganar esta misma indulgencia si se participa piadosamente en la procesión con el Santísimo el día del Corpus Christi. La indulgencia será parcial si sólo se visita al Santísimo Sacramento para adorarlo por corto tiempo o se rece ante el Santísimo Sacramento alguna plegaria eucarística legítimamente aprobada (Adoro te devote, Tantum ergo, etc.).
- Se concede indulgencia plenaria al fiel cristiano que se acerca por primera vez a la sagrada comunión, así como a los que lo acompañan piadosamente. Podrá ganarse indulgencia parcial si se reliza un acto de comunión espiritual o se reza alguna fórmula de acción de gracias tras la comunión, como el Alma de Cristo.
(Continuará...)
Enlace relacionado:
Índice general sobre las indulgencias
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